Los órganos judiciales de Concacaf son:
- el Comité Disciplinario;
- la Comisión de Ética;
- el Comité de Apelaciones.
Los órganos judiciales deben constituirse de forma tal que los miembros, en su conjunto, reúnan los conocimientos, las aptitudes y la experiencia necesarios para cumplir con sus responsabilidades. Los presidentes y vicepresidentes de los órganos judiciales deberán contar con formación jurídica. El mandato de los presidentes, vicepresidentes y miembros de los órganos judiciales será de dos (2) años y podrán ser nombrados nuevamente.
Los miembros de los órganos judiciales no podrán pertenecer a ningún otro órgano ni comité de Concacaf al mismo tiempo.
Las responsabilidades y funciones de estos órganos se estipularán en los Estatutos de Concacaf, el Código Disciplinario de Concacaf y en el Código de Ética de Concacaf.
Comité Disciplinario
Las responsabilidades y funciones del Comité Disciplinario se establecerán en el Código Disciplinario de Concacaf. El Comité Disciplinario estará formado por un presidente, un vicepresidente y el número de miembros que estime necesario el Consejo de Concacaf para su correcto funcionamiento.
El Comité Disciplinario impondrá las sanciones descritas en los Estatutos de Concacaf, el Código Disciplinario de Concacaf y el resto de Reglamentos de Concacaf, así como en el Código Disciplinario de la FIFA. El Comité Disciplinario podrá aplicar subsidiariamente el Código Disciplinario de la FIFA.
Comisión de Ética
Las responsabilidades y funciones de la Comisión de Ética se establecerán en el Código de Ética de Concacaf. La Comisión de Ética consta de un órgano de instrucción y un órgano de decisión. La composición de cada uno de estos organos será establecida en el Código de Ética de Concacaf.
La Comisión de Ética impondrá las sanciones descritas en los Estatutos de Concacaf, el Código de Ética de Concacaf y el resto de Reglamentos de Concacaf, así como en el Código Disciplinario de la FIFA.
Comité de Apelaciones
Las responsabilidades y funciones del Comité de Apelaciones se establecerán en el Código Disciplinario de Concacaf. El Comité de Apelaciones estará formado por un presidente, un vicepresidente y el número de miembros que estime necesario el Consejo de Concacaf para su correcto funcionamiento.
El Comité de Apelaciones es responsable de conocer las apelaciones contra las decisiones del Comité Disciplinario y de la Comisión de Ética que no están establecidas como definitivas en las regulaciones relevantes.
El Comité de Apelaciones podrá aplicar subsidiariamente el Código Disciplinario de la FIFA.